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Club Virtual-Home arrow Tablón Oficial FHR arrow Tablón arrow ¿Qué tipo de carnet necesitas para llevar un remolque?
¿Qué tipo de carnet necesitas para llevar un remolque? PDF Imprimir
21.01.2012

Muchos me habeis hecho esta pregunta y os paso la siguiente información para arrojar luz al tema. Agradezco la información a la autoescuela Servando que es quien nos la ha facilitado.

Estamos preparando un curso para los federados que quieran obtener el carnet B+E, en breve tendreis noticias.

FHR

Existen 4 posibilidades para circular con un turismo con remolque desde el punto de vista de la autorización administrativa que habilita a conducir: 
PermisoDescripciónArtículo RGCO
BRemolque ligero: Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg. artículo 4punto 2apartado e)1 párrafo
Remolque no ligero pero hasta 3.500 kg el conjunto: Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2artículo 5punto 5
B(96)autorizaciónRemolque no ligero pero hasta 4.250 kg el conjunto: Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. artículo 4punto 2apartado e)2º párrafo
B+ERemolque no ligero: El permiso de conducción de la clase B + E autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kgartículo 4punto 2apartado g)
  Obviando el permiso B, las pruebas que deben realizar son: 
PermisoEspecíficoManiobrasCirculación
B(96)autorizaciónNo. En el anexo V no hace referencia a una teórica concreta a esta autorización, aparte de la teórica común.Sí. Enganche y estacionamiento en línea. Anexo V, B), punto 3, apartado 3 último párrafo: Los solicitantes de la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg y la masa máxima autorizada del remolque supere los 750 kg a la que hace referencia el artículo 5.5, deberán realizar la maniobra I) anterior y la M) del punto 7.SÍ. Anexo V, B), punto 4, apartado 2: Los aspirantes a la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg a la que se refiere el artículo 5.5, deberán realizar los siguientes ejercicios: … Anexo VI, C), 2, último párrafo: Para la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg a la que se refiere el artículo 5.5, la duración de la prueba deberá ser la suficiente para la realización de los ejercicios a que se hace referencia en el anexo V. B).4.2.
B+ESÍ. Anexo V A) y B) en punto 2 apartado 6ºSí. Enganche, MARC, estacionamiento tipo muelle. Anexo V,  B), punto 3, apartado 37: Los solicitantes de permiso de la clase B + E, además de la maniobra G) indicada en el punto 3, realizarán las siguientes maniobras con incidencia en la seguridad vial:            M) ...            N) ….Si Anexo V, B), punto 4, apartado 4: Los aspirantes al permiso de la clase B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E, además de las operaciones exigidas con carácter general, deberán efectuar las siguientes:…Anexo VI, C), 2, 2º párrafo: El tiempo mínimo de conducción y circulación destinado a la prueba de control de las aptitudes y los comportamientos del aspirante en circulación en vías abiertas al tráfico general no será inferior a 25 minutos para los permisos de las clases A1, A2, B, BTP y B + E
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